"Se anulan las acusaciones fiscales presentadas por los representantes del Ministerio Público sólo en lo que respecta al delito de distracción de recursos financieros, atendiendo al principio de unidad del proceso; también anula los actos consecutivos que de los mismos emanaren o dependieren y, se le dé continuidad al proceso, con la urgencia que el caso lo amerita".
Se le dio la razón a la defensa de ambos acusados en cuanto a que el Ministerio Público cometió irregularidades en la imputación por distracción de fondos. Pese a esto, y a que el acusado lleva más de dos años detenido en una celda de la Disip, el magistrado Coronado Flores expuso en su ponencia que era necesario "mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad, dictada a los ciudadanos Eligio Cedeño y Gustavo Arráiz".
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